viernes, 31 de julio de 2009

LAS DILIGENCIAS PRELIMINARES



El proceso civil se inicia a través de la demanda, pero con anterioridad pueden realizarse las famosas diligencias preliminares.

Constituyen una serie de actividades que están enumeradas en la Lec, y pueden tener lugar antes de iniciarse el proceso con el objeto de prepararlo.
Carecen de carácter jurisdiccional, constituyendo actos de jurisdicción voluntaria aunque tengan lugar en presencia judicial.

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