La lec se caracteriza por la falta de exigencia formalista, pero la práctica poco a poco ha ido elaborando un formato posible de demanda y se suele seguir el siguiente orden:
- Encabezamiento, al Juzgado correspondiente y demás datos de los elementos subjetivos.
- Hechos.
- Fundamentos de derecho.
- Suplico.
- Otrosíes
- Fecha
- Firma.
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